Normatividad

 

Colombia cuenta con una normatividad relacionada con los deberes y los derechos que tienen los ostomizados no solo con la atención médica, sino también con los dispositivos, suministros y materiales propios para cada tipo de ostomía:

Resolución 5269 del 22 de Diciembre de 2017, Capítulo V: Dispositivos

Artículo 57.

Dispositivos Médicos. En desarrollo del principio de integralidad establecido en el numeral 1 del presente acto administrativo, las EPS o las entidades que hagan sus veces, deben garantizar todos los dispositivos médicos (insumos, suministros, y materiales incluyendo el material de sutura, osteosíntesis y de curación) sin excepción, necesarios e insustituibles para la realización o utilización de las tecnologías en salud financiadas con recursos de la UPC , en el campo de atención de urgencias, atención ambulatoria o atención con internación. Salvo que exista excepción expresa para ellas en este acto administrativo.

Parágrafo 2-

Los dispositivos médicos requeridos para el manejo de ostomías enterales y urinarias en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC se encuentran financiados para los pacientes que requieren su uso.

Artículo 132.

Vigencia y derogatoria. El presente acto administrativo rige a partir del 1° de enero de 2018 y deroga las resoluciones  6408 de 2016 y 374 y 1687 de 2017 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Declaración de los derechos de las personas ostomizadas

El objetivo de la Asociación Internacional de Ostomizados (IOA)  es que todo ostomizado tenga derecho a una calidad de vida satisfactoria después de la cirugía y que esta carta de derechos se lleve a cabo en todos los países del mundo.

Recibir asesoramiento preoperatorio para asegurarse de que conocen completamente los beneficios de la operación y los hechos esenciales sobre vivir con un estoma. 

Tener un estoma bien construido colocado en un sitio apropiado, y con consideración completa y adecuada para la comodidad del paciente. 

Recibir apoyo médico experimentado y profesional y atención de enfermería de estoma en el período preoperatorio y postoperatorio tanto en el hospital como en su comunidad. 

Recibir apoyo e información para el beneficio de la familia, cuidadores personales y amigos para aumentar su comprensión de las condiciones y ajustes que son necesarios para lograr un estándar de vida satisfactorio con un estoma. 

Recibir información completa e imparcial sobre todos los suministros y productos disponibles en su país. 

Tener acceso irrestricto a una variedad de productos de ostomía asequibles. 

Recibir información sobre su Asociación Nacional de Ostomía y los servicios y apoyo que pueden brindar. 

Estar protegido contra todas las formas de discriminación. 

Recibir garantías de que la información personal con respecto a su cirugía de ostomía será tratada con discreción y confidencialidad para mantener la privacidad; y que ninguna persona que posea esta información divulgará información sobre su condición médica a una entidad que participe en la fabricación, venta o distribución de ostomía o productos relacionados; ni se divulgará a ninguna persona que se beneficie, directa o indirectamente, por su relación con el mercado de ostomía comercial sin el consentimiento expreso del ostomizado. 

*Publicado por el Comité de Coordinación de la Asociación Internacional de Ostomizados (IOA), junio 1993. Revisado por dicho Comité en Junio de 1997 y por el Consejo Mundial de IOA, en 2004 y 2007.

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La Asociación Colombiana de Ostomizados (A.C.D.O.) es una entidad de apoyo social  cuyo objetivo principal es agrupar a las personas en condición de ostomizadas y a sus grupos familiares y/o cuidadores para que reciban apoyo acorde a sus necesidades y logren aceptar su nueva condición como una oportunidad y mejoramiento de su calidad vida.

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